Recurso de Reposición: ¿Qué es? ¿Cómo hacerlo?

El recurso de reposición

Hoy hablamos del recurso de reposición, uno de los recursos más planteados después del recurso de alzada. Desde DL hemos creado esta pequeña guía para abordar con éxito su planteamiento y la base mínima para realizarlo.

El recurso potestativo de reposición, se considera como un recurso administrativo, que se interpone en contra de actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa. Este recurso no tiene referencia alguna con el recurso de reposición contra providencias y resoluciones judiciales, que se rigen por la ley procesal correspondiente.

El recurso, puede interponerse, en contra de cualquier resolución que tenga como primicia poner fin a la vía administrativa, generalmente ocurre en actos provenientes de resoluciones dadas por diversos organismos que pertenecen a la Administración Pública, un ejemplo de esto es por la imposición de sanciones por resoluciones tributarias y financieras, la "ley antibotellón", así como resoluciones de obra urbana, etc.

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  1. El recurso de reposición: ¿Qué resoluciones y actos pueden ser recurridos en reposición?
  2. ¿Qué actos terminan a la vía administrativa y favorecen el recurso de reposición?
  3. ¿En qué plazo puede interponerse un recurso de reposición?
  4. ¿Ante qué órgano se interpone el recurso de reposición?
  5. ¿Qué necesita para interponer correctamente el recurso de reposición?
  6. Conclusión:

El recurso de reposición: ¿Qué resoluciones y actos pueden ser recurridos en reposición?

Los actos de trámite y resoluciones que pueden recurrir en reposición, son aquellos que pongan fin a la vía administrativa, siempre y cuando decidan el fondo total del asunto de manera directa o indirecta, determinarán con esto, la imposibilidad de continuar el procedimiento, produciendo perjuicio o indefensión irreparable a tus derechos legítimos, esto con fundamento en el artículo 62 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común.

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El recurso de reposición: ¿Qué resoluciones y actos pueden ser recurridos en reposición?
El recurso de reposición: ¿Qué resoluciones y actos pueden ser recurridos en reposición?

Debe ser de su conocimiento que dado a que el carácter de este recurso es potestativo, es decir que puede hacerse o no hacerse bajo decisión propia. Usted tendrá la posibilidad de impugnar directamente estos actos por medio de recursos contenciosos administrativos ante los Tribunales y los Juzgados de la jurisdicción correspondiente con el mismo nombre.

En el caso de que se haya interpuesto el recurso de reposición, automáticamente se cancela la posibilidad de redactar un recurso contencioso-administrativo e interponerlo hasta que el anterior sea resuelto y que se haya efectuado la desestimación del recurso previamente interpuesto.

¿Qué actos terminan a la vía administrativa y favorecen el recurso de reposición?

  • Terminan la vía administrativa las resoluciones de los recursos de alzada de las siguientes formas.
  • Las resoluciones con base a los procedimientos referidos en el artículo 112.2.
  • Las resoluciones por parte de los órganos administrativos que encabecen la jerarquía de operaciones laborales donde acuda, salvo que alguna Ley exprese lo contrario en algún caso particular.
  • Cualquier tipo de convenio, pacto, acuerdo o contrato que tenga como primicia la de finalizar con el procedimiento administrativo.
  • La resolución administrativa en casos de responsabilidad patrimonial, donde el tipo de relación, pública o privada, será igual.
  • La apropiada resolución en los procedimientos de sanción establecidos expresamente en el artículo 90.4.
  • La resolución administrativa con fundamento a una disposición legal o normativa que exprese lo anterior.
  • Cualquier acto administrativo realizado por los órganos públicos del Gobierno.
  • Las resoluciones de ministros y Secretarios de Estado en las competencias y responsabilidades que tienen atribuidas en los órganos de los que pertenecen a la jerarquía titular.
  • Las resoluciones realizadas por los órganos directivos de las empresas, con un nivel jerárquico de director general o superior, y que tengan atribuidas las competencias y responsabilidades en materia de personal.
  • Las resoluciones que provienen de organismos públicos de la Administración General del Estado, que provienen de los órganos de dirección unipersonales máximos. De acuerdo a lo que refieren los estatutos de la ley
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¿En qué plazo puede interponerse un recurso de reposición?

La interposición del recurso tiene un plazo de un mes, en caso de que el acto sea expreso. Transcurrido este plazo, es posible interponer un recurso contencioso-administrativo del recurso en cuestión del caso.

¿En qué plazo puede interponerse un recurso de reposición?
¿En qué plazo puede interponerse un recurso de reposición?

En caso de que el acto no sea expreso, las partes involucradas, tanto el solicitante, como las empresas, podrán emitir el recurso de reposición un día después de cuando se produzca el acto suscitado.

El plazo de notificación para la resolución de interponer un recurso es de un mes.

¿Ante qué órgano se interpone el recurso de reposición?

Este recurso puede interponerse frente al órgano que dictamino la acción implicada en los hechos.

El recurso de reposición podrá ser presentado en cualquiera de los registros de la Administración del Estado, las Comunidades Autónomas o Entidades Locales.

¿Qué necesita para interponer correctamente el recurso de reposición?

  • Es necesario que sea interpuesto contra resoluciones que terminen con la vía administrativa.
  • Que se interponga en el plazo legalmente establecido.
  • Información necesaria para redactar el recurso
    1. Lugar de expedición, fecha.
    2. Nombre y apellidos de la persona implicada y firma al final del documento, así como la identificación personal de esta.
    3. El acto en el que se está recurriendo y el motivo de impugnación.
    4. Todas las particularidades de disposiciones específicas.
    5. Órgano administrativo, Agencia o Centro al que va dirigido el recurso.

Conclusión:

El recurso de reposición puede ser una herramienta que ponga fin a la vía administrativa frecuentemente utilizado para ayudar a los ciudadanos a enfrentar cualquier decisión judiciales y administrativa buscando siempre que el Órgano que haya tomado la decisión o sentencia en cuestión, realice otra evaluación con perspectiva distinta, respecto a las inconsistencias en las pruebas de la previa decisión y con base a lo que exprese, se tomará en consideración para un cambio en la decisión o para dejarla como estaba.

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Es elemental destacar que el recurso de reposición es un requisito para interponer el recurso de apelación en muchos casos.

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Formación:
- Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid.
- Máster en Práctica Jurídica por el Centro de Estudios e Investigaciones Jurídicas (CEIJ).
- Colegio Profesional al que pertenece:  Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) con N.º de colegiado 121.279.

Áreas de especialización:
- Derecho Laboral y de la Seguridad Social.
- Derecho de los Consumidores y miembro de la Asociación Española de Derecho de Consumo (AEDC)

Correo electrónico: noe@dudaslegales.com

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