La reagrupación familiar o agrupamiento familiar es un trámite que le permite a un extranjero reagrupar a sus familiares para que vivan con él o con ella en España, es un permiso de residencia temporal que consta de dos fases:
- Fase 1: El reagrupante solicita la autorización de residencia temporal en las oficinas de extranjería en su localidad en España
- Fase 2: una vez resuelta favorable la autorización, el reagrupado solicita el visado en el consulado español en su país de origen.
La agrupación familiar es uno de los trámites más solicitados por parte de los extranjeros, ya que todo el mundo queremos que nuestros familiares estén con nosotros. En esta página te explicamos todos los detalles que necesitas para contar con el mejor expediente de reagrupación.
Requisitos que debes cumplir
Cualquier extranjero que no sea de otros países de la Unión Europea y que cumpla ciertos requisitos puede empezar un expediente de reagrupación, los requisitos que debes cumplir son los siguientes:
- Que no seas un ciudadano de la Unión Europea
- Que en el momento de presentar la solicitud no estés en situación irregular, es decir tener como mínimo la primera tarjeta de residencia de 2 años
- No tener antecedentes penales en España o en tu país de origen
- No tener prohibida la entrada a España o a otro país de la Unión Europea
- Tener tarjeta sanitaria, lo mejor es estar dado de alta en la Seguridad Social, sino tener un seguro de salud privado.
- No tener ninguna en grave que puede dañar a la salud pública
- Tener medios suficientes (dinero) para sostener a la familia, si vas a traer a una persona tu nómina debe ser como mínimo de 806.76 €, si vas a traer más, por cada miembro extra suma 268.92 €
- Tener una vivienda adecuada donde residir, necesitarás sacar un informe de adecuación de vivienda
Familiares que puedes reagrupar
La normativa que regula los expedientes de reagrupación familiar establece que la persona que cumpla los requisitos anteriores, puede reagrupar a los siguientes familiares, ten en cuenta que cualquiera de estas relaciones familiares debe ser acreditada mediante documentación oficial.
- Cónyuge: Puedes reagrupar a tu esposa o a tu esposo con la que estás legalmente casado, se debe aportar el acta de matrimonio legalmente compulsado y traducido al español si está en otro idioma.
- Hijos menores de 18 años: También puedes reagrupar a tus hijos si son menores de 18 años.
- Hijos con discapacidad: si tus hijos tienen alguna discapacidad que no pueden valerse por si mismos, también tienes derecho a traerlos.
- Menores de 18 años con representación legal: Si estás legalmente al cargo de una niño menor de 18 años que no es tu hijo también tienes derecho a reagruparlo contigo.
- Padre y madre a cargo: Si tus padres dependen de ti económicamente y tienen más de 65 años, entonces puedes traerlos
- Padre o madre del cónyuge o pareja: los padres de tu mujer o pareja también pueden venir, siempre y cuando dependan de ti económicamente y son mayores de 65 años.
Documentación que debes presentar
Cuando llegue el día de nuestra cita en la oficina de extranjería debemos tener un buen expediente no sólo la documentación básica para presentar la solicitud, si contamos con documentación adicional que despeje cualquier duda de la oficina de extranjería es mejor llevarla con nosotros, la documentación que necesitamos es:
Importante: Debes hacer una fotocopia de todos los documentos de tu expediente, es importante que las lleves contigo porque son las que vas a presentar.
Documentación básica de reagrupación familiar:
- Rellenar la solicitud (modelo EX-02): se puede rellenar online e imprimir 2 copias. Deben estar firmadas las dos por el reagrupante. Puedes rellenar y descargar el modelo EX-02 oficial aquí.
- Copia del pasaporte completo: Hacer una fotocopia de todas las paginas de tu pasaporte.
- Informe de vivienda adecuada expedido por la comunidad autónoma donde vives, Aquí te explicamos cómo conseguir el informe de vivienda adecuada.
- Fotocopia de tarjeta sanitaria.
- Pagar tasas de tramites, en esta página te explicamos como pagar las tasas de los trámites.
Si trabajas por cuenta ajena:
Si tienes un trabajo por cuenta ajena, es decir trabajas para una empresa, también debes aportar esta documentación:
- Contrato de trabajo, un contrato indefinido (es decir contrato fijo) es una excelente alternativa, aunque se puede presentar la solicitud con un contrato temporal que tenga una duración de al menos 6 meses.
- Las últimas 3 nóminas.
Si trabajas por cuenta propia:
Si eres autónomo o trabajas por cuenta propia, debes presentar la siguiente documentación como prueba de que cuentas con un empleo:
- Acreditación de la actividad que desarrolla, el modelo 036 o 037 que acredita que estás dado de alta en Hacienda y en la Seguridad Social.
- Última declaración de IRPF.
Reagrupar a tu cónyuge:
Si vas a reagrupar a tu esposa, esposo o tu pajera, la documentación que necesitas aportar como prueba del enlace familiar es:
- Certificado o acta de matrimonio
- Declaración jurada del reagrupante de que no vive con otra pareja, puedes descargar el formulario oficial aquí.
Si vas a reagrupar a tus hijos:
En caso de querer reagrupar a tus hijos menores de 18 años o hijos con discapacidad que no pueden valerse por si mismos, aunque sean mayores de edad, se necesita la siguiente documentación:
- Libro de familia y partidas de nacimiento de todos los hijos
- Si son discapacitados (aunque sean mayores de 18 años), aportar documentación que acredite su discapacidad.
- Si son hijos adoptivos, la resolución de dicha adopción.
Si vas a reagrupar a tus padres
En el supuesto de querer reagrupar a tu padre, madre o los padres de tu cónyuge, siempre y cuando sean dependientes de ti económicamente y sean mayores de 65 años, necesitas aportar la siguiente documentación:
- Recibos de envío de dinero de al menos 1 año, se recomienda que sea como mínimo entre 150 € y 200 € mensuales
Otra documentación que puedes presentar:
Si deseas reforzar tu expediente te recomendamos tener lista documentación y presentarla el día de la cita:
- Última declaración de renta (si existe).
- Contrato de alquiler de la vivienda.
- Certificado de empadronamiento.
- Certificado de convivencia.
Preguntas frecuentes sobre el agrupamiento de familiares
Siempre nos quedan dudas pendientes respecto a este tipo de trámites, aquí pondremos un listado de las preguntas más frecuentes que se suelen tener durante los tramites de reagrupación familiar:
Actualmente no estoy trabajando, ¿puedo presentar mi solicitud?
Si, puedes presentarla, en lugar de aportar tu contrato de trabajo y tus nóminas, necesitas aportar un certificado bancario que indique cuánto dinero tienes en el banco.
Es la segunda vez que presento un expediente de reagrupación, ¿me saldrá favorable?
Si ya has reagrupado tu cónyuge anteriormente, la única manera de poder volver a reagrupar por segunda vez es mediante un divorcio.
¿Tienes alguna duda o pregunta respecto al tema de Reagrupación Familiar? Déjanos un comentario y te responderemos lo antes posible.
Más artículos interesantes