¿Qué paga FOGASA y cuánto tarda en pagar?

¿Qué paga FOGASA y cuánto tarda en pagar?

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) únicamente paga el importe de los salarios pendientes de pago a causa de insolvencia o concurso del empresario reconocida judicialmente.

El FOGASA sólo abona las indemnizaciones reconocidas como consecuencia de sentencia, auto, acto de conciliación judicial o resolución administrativa a favor de los trabajadores por causa de despido o extinción de los contratos conforme a los artículos 50, 51 y 52 del Estatuto de los Trabajadores, y de extinción de contratos conforme al artículo 64 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, así como las indemnizaciones por extinción de contratos temporales o de duración determinada en los casos que legalmente procedan.

Es muy importante recordar que si se acude a un acto de conciliación en el Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación (SMAC), o en el Tribunal de Arbitraje y Mediación de las Islas Baleares (TAMIB), o en cualquier otro tribunal de arbitraje o mediación y se llega a conciliar con la empresa, el FOGASA no abonará la deuda reconocida.

Para que el FOGASA pague, la conciliación debe ser judicial; es decir, el acuerdo debe alcanzarse en el Juzgado de lo Social y debe ir firmado por el Secretario judicial.

El único pago que realiza FOGASA por solicitud directa del trabajador, es el de 8 días de salario por año de servicio, en los casos en los que se produce una extinción de contrato indefinido por los arts. 51 (despido colectivo) o 52 (despido objetivo) del Estatuto de los Trabajadores, en empresas en las que presten servicio menos de 25 empleados. Si el despido de que se trata es improcedente no se abonará ninguna cantidad.

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Para conocer la cantidad que el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) abona al trabajador respecto de los salarios, tras la entrada en vigor del RDL 3/2012 de de 15 de Julio, hay que multiplicar el doble del salario mínimo interprofesional diario, pagas extras prorrateadas incluidas, por el número de días pendientes de pago con un máximo de 120 días.

Esto significa una reducción de las cuantías que paga el FOGASA respecto de la situación anterior, en la que se calculaba sobre el triple del SMI con un máximo de 150 días.

Siendo así, con anterioridad a la Reforma el  FOGASA podía pagar un salario de hasta 11.202 euros (que resulta de multiplicar 150 días por el triple del SMI que es 74,68 euros) y tras la Reforma, el salario máximo que puede abonar el FOGASA es de 5.974,80 euros (resultado de multiplicar el doble del SMI 49,79 euros por 120 días).

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  1. ¿En qué casos paga FOGASA al trabajador?
  2. ¿Cuánto paga FOGASA?
  3. ¿Cuánto tarda en pagar FOGASA una vez iniciado el expediente?

¿En qué casos paga FOGASA al trabajador?

Respecto de las indemnizaciones, el FOGASA abonará una cuantía diferente, en función del tipo de extinción de la relación laboral de que se trate:

1º Cuando el despido es nulo, improcedente, por fuerza mayor o hay extinción de la relación laboral por voluntad del trabajador por causa justa, el FOGASA abonará 20 días de salario/año;

2º Cuando el despido es colectivo, la indemnización será de 30 días de salario/año;

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3º Cuando se trate de extinción de contratos temporales, la indemnización será de 8 días de salario/año.

¿Cuánto paga FOGASA?

En todos los casos el máximo de la indemnización a abonar por parte del FOGASA será de una anualidad. La reducción en las indemnizaciones del FOGASA a los trabajadores se ha visto así reducida:

1º) Antes de la Reforma, la indemnización máxima que se podía recibir era de 27.258,20 euros (resultado de multiplicar el triple del SMI 74,68 euros por 365 días);

2º) Con posterioridad a la Reforma, sólo se podrá llegar a recibir una indemnización de 18.173,35 euros (doble del SMI 49,79 euros por 365 días).

Hay una excepción a lo anterior.

Cuando el despido es colectivo o por causas técnicas, económicas, organizativas o de producción y se produce en una empresa de menos de 25 trabajadores, el FOGASA sólo abona en 40% de la indemnización, teniendo que aportar el 60% restante el empresario.

En este caso la indemnización máxima que se podía recibir era de 10.903,28 euros (40% de 27.258,20 euros) y la que se recibe ahora es de 7.269,34 euros (40% de 18.173,35) Es decir, en caso de despido objetivo o colectivo, al trabajador le corresponde una indemnización de 20 días de salario por año de servicio prestado, pero el FOGASA sólo pagará una indemnización de 8 días de salario por año de servicio prestado, y la empresa tendrá que asumir el pago de los 12 días de salario restantes que le corresponden al trabajador, hasta llegar a los 20 días de salario por año trabajado.

El FOGASA no paga en ningún caso pluses de transporte, dietas, ropa, desgaste de herramientas, etc., ni indemnizaciones acordadas en actos de conciliación.

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¿Cuánto tarda en pagar FOGASA una vez iniciado el expediente?

El FOGASA, que tiene un plazo legal de 3 meses para resolver los expedientes, pero que la actual crisis acumula ya más de un año de retraso.

Para que puedan conocer un poco más éste organismo les dejamos un enlace con bastante información sobre FOGASA (no es la web oficial, ojo, pero ofrece mucha información de interés): Más información sobre cuánto tarda en pagar FOGASA.

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Abogado laboralista en Ius & Lex Abogados | + posts

Formación:
- Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid.
- Máster en Práctica Jurídica por el Centro de Estudios e Investigaciones Jurídicas (CEIJ).
- Colegio Profesional al que pertenece:  Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) con N.º de colegiado 121.279.

Áreas de especialización:
- Derecho Laboral y de la Seguridad Social.
- Derecho de los Consumidores y miembro de la Asociación Española de Derecho de Consumo (AEDC)

Correo electrónico: noe@dudaslegales.com

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